Registro título

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La Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, del 23 de noviembre de 2003, recoge la obligación de los colegiados de registrar sus títulos así como la obligación de los colegios profesionales de disponer de registros públicos de profesionales.

Para registrar el título de especialidad en el Colegio tienen que acercarse a nuestras oficinas con el título original.

Este trámite te servirá para que conste en la consulta pública de colegiados del colegio y del Consejo General de Colegios de Médicos de España. Un registro donde los pacientes pueden consultar si un colegiado está en posesión del título de especialista.